A raíz de una nota presentada por propietarios de farmacias de la localidad quienes manifestaron su preocupación en cuestiones inherentes a su trabajo, se aprobó por unanimidad de los concejales presentes una ordenanza que fija las condiciones de habilitación y regulación del uso del suelo, como así también la prohibición de vender medicamentos fuera del ámbito de la farmacia.
CONDICIONES DE HABILITACION:
Se establece que las farmacias, por prestar servicios públicos y ser una extensión del sistema de salud, estarán sujetas a un régimen particular de habilitación que garantice su
razonable distribución y cobertura en el ejido urbano.
REGULACION DEL USO DEL SUELO:
Será exigible además de los requisitos generales para la habilitación del comercio y condiciones exigidas por la Autoridad Sanitaria Provincial, su ubicación como una distancia no inferior a trescientos (300) metros, con
una tolerancia de hasta cincuenta (50) metros; en ningún caso la distancia minima de puerta a puerta por camino peatonal será inferior a
doscientos cincuenta (250) metros, rigiendo dicha distancia tanto para las nuevas farmacias que se instalen en la ciudad como así también para el traslado de las ya existentes.
La ordenanza también prohíbe la venta de medicamentos en kioscos, supermercados y almacenes, asegurándose que la misma únicamente se realice dentro del ámbito de la farmacia bajo control del profesional farmacéutico, de acuerdo a la Ley Nacional N° 26567.
Esta ordenanza fue presentada teniendo en consideración que las farmacias deben estar distribuidas de tal forma que garanticen la
adecuada atención y el mayor alcance de los recursos terapéuticos disponibles, para evitar la concentración de farmacias en zonas céntricas y la falta del servicio en los barrios de la ciudad.
Al termino de la sesión, farmacéuticos de la ciudad agradecieron el interés y compromiso de los ediles. Los concejales manifestaron su total apoyo a los trabajadores locales, expresando que siempre están dispuestos a legislar en beneficio de la comunidad.